domingo, 18 de noviembre de 2012

Normatividad para la Salud y Seguridad Indstrial


ANÁLISIS DEL ARTÍCULO 473 DE LA LEY
FEDERAL DE TRABAJO



“ARTICULO 473. RIESGOS DE TRABAJOS SON LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES A QUE ESTAN EXPUESTOS LOS TRABAJADORES EN EJERCICIO O CON MOTIVO DEL TRABAJO.”
El artículo 473 define qué son los riesgos de trabajo. Es importante en el ámbito laboral, que se dé atención a las situaciones que ponen en riesgo la integridad, salud y seguridad de los trabajadores, ya que es muy común que existan condiciones en las que se ve afectada la vida de las personas cuando están laborando.
Por ley, los accidentes y enfermedades que podría sufrir un trabajador cundo está realizando actividades de su trabajo o por pretender realizarlas se les denomina riesgos de trabajo.
Al realizar las labores, un trabajador esta expuesto a sufrir un accidente o contraer una enfermedad. En el área de trabajo puede padecer los riesgos debido a las condiciones en las que esta trabando o por realizar acciones inseguras, la ley también ampara como riesgos de trabajo cuando el trabajador se dirige al lugar al que va a laborar.
El artículo 473 de la LFT es la base fundamental de la que parten los sustentos jurídicos relacionados con la seguridad del trabajo. Los siguientes artículos establecidos en esta ley hablan específicamente de qué es un accidente y qué es una enfermedad de trabajo, quedando así claramente concretados los conceptos que definen los riesgos de trabajo.

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