Como se integran y funcionan las
comisiones de seguridad e higiene en el
trabajo
La Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 509 que en cada empresa o establecimiento
se organizarán las comisiones de seguridad e higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.
El objetivo de las Comisiones de Seguridad e Higiene es:
• Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo;
• Proponer medidas para prevenirlos, y
• Vigilar que éstas se cumplan.
¿Cómo se integran las Comisiones de Seguridad e Higiene?
Constitución
Las Comisiones de Seguridad e Higiene deben integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de 30 días hábiles a partir de la fecha de iniciación de sus actividades.
Estas Comisiones deben de contar con su acta de constitución en aquellos centros de trabajo que ya se encuentren laborando y mostrarla a la autoridad laboral cuando se le solicite.
Integración
Se debe integrar una comisión de seguridad e higiene por cada centro de trabajo.
Si el centro de trabajo cuenta con menos de 15 trabajadores, la Comisión de Seguridad e Higiene debe integrarse por un trabajador y el patrón o su representante.
Cuando el centro de trabajo tenga 15 o más trabajadores la Comisión debe integrarse invariablemente por un Coordinador y un Secretario así como los Vocales que acuerden el patrón y los trabajadores. Los representantes de los trabajadores que integren la Comisión de Seguridad e Higiene, deben desempeñar sus labores en ese centro de trabajo y tener conocimientos o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.
Basado en la NOM-019-STPS-2004, Constitución, Organización y Funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene en los Centros de Trabajo, D.O.F., 4-1-2005.
Es sumamente importante contar con una comisión bien constituida, para delegar en ella toda la responsabilidad de controlar la seguridad del personal y prevenir las enfermedades profesionales de trabajo mediante la prevención y eliminación de riesgos de trabajo. Si en la empresa se establece un buen control, entonces acarreará al empresario los siguientes beneficios:
- Disminución de accidentes.
- Incremento en la productividad.
- Reducción de tiempos muertos.
- Disminución de gastos indirectos.
- Contará con toda la documentación que se requiere durante un visita de inspección, como las Actas de Recorridos, el Programa Anual de Verificaciones, los recorridos extraordinarios entre otros.
- Y como consecuencia lógica no tendrá que dar "mordidas", y por ende NO TENDRÁ SANCIÓN ADMINISTRATIVA ALGUNA.
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